Un bien de confianza para el ciudadano

El pasado 23 de septiembre finalizaba el plazo de presentación de alegaciones al Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales aprobada, para la sorpresa del…

El pasado 23 de septiembre finalizaba el plazo de presentación de alegaciones al Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales aprobada, para la sorpresa del sector colegial, el 2 de agosto. En el texto, claramente mejorable, se echa en falta el escaso conocimiento que existe sobre el subsector de los servicios profesionales y sus peculiaridades, lo que hace que el planteamiento de base no sea del todo acertado. Los servicios profesionales son bienes de confianza para el ciudadano, definidos por la dificultad que tiene el cliente o paciente para poder comprobar el nivel de calidad que está ofreciendo tanto ex ante y durante la prestación del servicio como ex post. De ahí radica la necesidad de que, desde los colegios, controlemos que todo aquel que ejerce lo hace con las máximas garantías.

Estamos hablando con profesiones cuyo ejercicio afecta directa o indirectamente a los derechos de los ciudadanos, como son la salud, la seguridad física o jurídica, los bienes o el patrimonio. Pero también de aquellas estrechamente vinculadas con servicios generales donde la posible mala praxis pudiera ocasionar graves perjuicios al usuario, paciente o cliente. Por ello, la lista positiva de colegiación que recoge el mencionado anteproyecto debiera incluir, además de las profesiones sanitarias, jurídicas o técnicas (en su más amplio ejercicio), a una serie de profesionales con patente afección a estas materias sensibles como son psicólogos, geólogos, químicos, físicos, economistas, actuarios, trabajadores y educadores sociales, gestores administrativos, agentes de la propiedad inmobiliaria, administradores de fincas, agentes de la propiedad industrial o licenciados en Educación Física.

Resulta imprescindible tener en cuenta que el subsector de los servicios profesionales presenta una dinámica muy diferente a otros mercados y que su excesiva liberalización puede tener graves consecuencias para los derechos de los ciudadanos. Legislar con un prisma exclusivamente económico, olvidando la esencia del acto profesional, no solo no traerá beneficio alguno sino que puede tener un alto coste social. Valores como la independencia, la responsabilidad o la ética vienen a complementar, en forma de normas deontológicas, los conocimientos y experiencia aplicadas en todo acto profesional. Desde las organizaciones colegiales se vela por el cumplimiento de los códigos deontológicos, de ahí que no se pueda trocear, como he dicho en más de una ocasión, una profesión según la actividad que realicen sus profesionales o poner ese acto profesional en manos de un tercero totalmente ajeno. El ejercicio de una profesión requiere la integración de todas las áreas de conocimiento propias de la profesión en cuestión, dado que están interrelacionadas y afectan a materias sensibles, por lo que todos los profesionales, independientemente del ámbito en el que ejerzan, han de estar sujetos al control colegial.

Me consta que fue esta afección a derechos sensibles la que hizo que los padres de nuestra Constitución decidieran recoger en la sección 2ª del Capítulo II del Titulo Primero de la Carta Magna, bajo el título “De los derechos y deberes de los ciudadanos”, en su artículo 35 la libertad de elección de profesión y, a continuación, en el artículo 36 el imperativo legal de regular el ejercicio de las profesiones tituladas y las peculiaridades de los colegios profesionales, lo que supone, independientemente de la libertad de elección, que algunas profesiones con especial implicación en los derechos ciudadanos mencionados deban cumplir determinadas obligaciones.

Esto ha permitido a las profesiones colegiadas contar con una confianza, por parte de la ciudadanía, posiblemente envidiada desde otras instancias, una confianza basada en el trabajo bien hecho y en la puesta a su disposición de todos los medios y recursos existentes, según lo estipulado en los códigos deontológicos dictados en el seno de cada profesión. Aunque toda mejora siempre es posible, lo que queda claro es que los colegios profesionales funcionan y que el millón y medio de profesionales colegiados que actualmente ejercen en nuestro país desarrollan una labor social que en muchas ocasiones va más allá del acto profesional, lo que les hace dignos de admiración y respeto. Todos ellos conforman nuestra ‘Marca Profesiones’ siempre al servicio de la ciudadanía y de la defensa del interés general.
>> Tribuna del presidente de Unión Profesional, Carlos Carnicer, publicada en el periódico Correo Farmacéutico.